ESTA VISA: ¿Le conviene tramitar una solicitud ESTA o solicitar VISA?

Esta Visa

El ESTA es un proceso muy sencillo con el que podrá obtener su permiso de viaje a Estados Unidos On-line sin necesidad de desplazamientos a la Embajada de Estados Unidos en Madrid.

Sin embargo el ESTA no admite opciones tan variadas como una VISA, por lo cual le recomiendo que considere cautelosamente los beneficios e inconvenientes de cada opción.

¿Que le conviene más, tramitar una solicitud ESTA o solicitar VISA?

Si está preparando su próxima visita a los Estados Unidos sabrá que debe obtener un permiso de viaje antes de salir de España. Existen 2 posibilidades para obtener el obligatorio “permiso de viaje”:

- Solicitar una Visa en la embajada de Estados Unidos

- Tramitar una solicitud ESTA por Internet.

El ESTA es un proceso muy sencillo con el que podrá obtener su permiso de viaje a Estados Unidos On-line sin necesidad de desplazamientos a la Embajada de Estados Unidos en Madrid.

Sin embargo el ESTA no admite opciones tan variadas como una VISA, por lo cual le recomiendo que considere cautelosamente los beneficios e inconvenientes de cada opción.

 

Existen varios detalles a tener en cuenta cuando tome su decisión, aquí pormenorizo los mas importantes:

 

Duración de su viaje: Si la duración del viaje a Estados Unidos será de 90 días o menos, podrá elegir entre una solicitud ESTA o una Visa según su conveniencia.

Si la duración de su viaje sobrepasará los 90 días no podrá optar por el ESTA y se verá obligado a solicitar una VISA.

 

Objeto de su viaje: Una Visa le permitirá posibilidades adicionales que no están disponibles para quien solicita su permiso de viaje con el ESTA. En el listado que encontrará a continuación encontrar los casos mas típicos y mi recomendación sobre que sistema elegir.

 

Viajes Turísticos: Si viajará usted a Estados Unidos por turismo por un periodo igual o inferior a 90 días podrá optar tanto al ESTA como a un Visado EEUU. Le recomiendo que solicite una ESTA por su sencillez y comodidad.

 

Viajes para tratamientos médicos: Si viajará usted para recibir un tratamiento médico de corta duración y está seguro de que se encontrará en condiciones de viajar de vuelta antes de 90 dias, le recomiendo que tramite una solicitud ESTA por su sencillez y comodidad.

 

Viajes por Negocios: Si viajará a Estados Unidos por negocios podrá tramitar su solicitud con el ESTA, he aquí unos ejemplos típicos:

- Compra o venta de propiedades inmobiliarias.

- Visitas a ferias profesionales o eventos corporativos.

- Firma de contratos, tanto a título personal o en nombre de una empresa.

Estudios: Cursos de corta duración, exámenes, masters y seminarios.

 

Tránsito hacia otros destinos fuera de Estados Unidos: Si su visita a los Estados Unidos es de tránsito, es decir que usted viaja a EEUU como enlace con el que viajar a otro país y no como destino final, podrá optar a solicitar su permiso con el ESTA.

 

Motivos de viaje que no son admisibles bajo el ESTA:

Si viaja por cualquiera de los siguientes motivos deberá solicitar una VISA en la Embajada Americana ya que ninguno de estos es recomendable (ni en general admisible) bajo la normativa del ESTA.

Viajes de Trabajo: Están obligados a solicitar una Visa todos aquellos que pretendan recibir una compensación económica por su trabajo durante su permanencia en Estados Unidos.

Incluso en los casos en los que su labor profesional vaya a realizarse en unas pocas horas, por ejemplo reporteros, artistas, etc. Los individuos que tramiten su solicitud de viaje a través del ESTA no tienen permiso legal para poder realizar ninguna actividad laboral.

 

Viajes por Estudios: Si viajará para realizar sus estudios, por ejemplo estudiar una carrera o cualquier otra actividad académica de media o larga duración, deberá solicitar una Visa. Esto es sumamente importante si existe alguna posibilidad de proseguir con sus estudios una vez completado el curso que motivó su viaje original porque es bastante accesible la posibilidad de prorrogar su estancia posteriormente si ya se encuentra en disposición de una VISA por estudios. Por el contrario, si tramita su solicitud de viaje con el ESTA, no podrá renovar el periodo o extender su duración una vez se cumplan los 90 días de su entrada a Estados Unidos.

 

Matrimonio: Una solicitud de viaje tramitada a través del ESTA no permite en ningún caso la posibilidad de alargar, renovar o cambiar el motivo de su viaje ni de modificar su estatus. Si va a contraer matrimonio en Estados Unidos es imperativo que inicie la solicitud de una VISA ya que con el ESTA no podrá en ningún caso solicitar la residencia, la nacionalización o una prórroga de su estancia. Le recomiendo que en este caso se decline por una Visa, que si le permitiría solicitar una modificación de su estatus como residente con posterioridad.

 

Emigración: Si viajará a Estados Unidos para emigrar al país, su única opción razonable es solicitar una visa que le permita ir actualizando su estatus a residente y eventualmente a ciudadano. El ESTA no permite ninguna modificación de su tipo de visita y no le permitiría solicitar su residencia como visitante de larga o residente.

 

Nacionalización o naturalización: Si viaja a Estados Unidos con la intención de convertirse en Ciudadano de Estados Unidos, su única opción viable es un solicitar un visado ya que con el ESTA no se permite ningún tipo de modificación o revisión de su estatus y no le permitiría solicitar su nacionalización.

 

Si desea ampliar esta información puede visitar otras páginas de esta guía, le recomendamos:

 

Tramite su solicitud del ESTA

Formulario ESTA en Castellano

Para someter su solicitud ESTA on-line, va a necesitar su pasaporte, dirección de correo electrónico y una tarjeta de crédito o débito válida. Una vez que se verifiquen todos los datos, el documento autorizado ESTA USA es enviado muchas veces dentro de pocos minutos.

La fecha de salida debe ser despues de 19/05/2023.